La ONCE y la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad de la Comunidad de Madrid velarán por la inclusión socio-laboral de las personas con discapacidad
El consejero, Javier Luengo, y el delegado territorial de la ONCE en Madrid, Luis Natalio Royo, han firmado un convenio de colaboración
La ONCE y la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad de la Comunidad de Madrid (se abrirá nueva ventana)han firmado un convenio de colaboración con el objetivo de establecer el marco y los términos de implicación por parte de ambas partes para favorecer la plena y efectiva inclusión y normalización social y laboral de las personas con discapacidad.
El acuerdo ha sido rubricado en Madrid, en la sede de la Delegación Territorial de la ONCE, por el consejero de la Comunidad, Javier Luengo, y el delegado territorial de la Organización, Luis Natalio Royo. Han estado acompañados por la viceconsejera, Silvia Sánchez; el director general de Atención a Personas con Discapacidad de la Comunidad, Óscar Álvarez; y el vicepresidente primero del Consejo Territorial de la ONCE, David Olalla.
La firma de este convenio constituye una renovación de la estrecha colaboración que ambas entidades mantienen desde el año 2006 y que se ha ido prorrogando en el tiempo.
De forma habitual, la ONCE colabora con las Administraciones Públicas y con las entidades privadas en la ejecución de las políticas de integración social de las personas con discapacidad a través de la articulación de los mecanismos de solidaridad y cooperación que se establezcan mediante convenio.
En este caso, tanto la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, como la ONCE, consideran que la incorporación al mercado de trabajo es la vía principal para facilitar la inclusión social de las personas más vulnerables. Por ello, desde ambas instituciones se impulsa la adopción de medidas que sitúen a las personas con discapacidad en condiciones de acceder y mantenerse en el mercado de trabajo.
En este sentido, el presente acuerdo recoge el firme compromiso de establecer ese marco de colaboración en los ámbitos de sus respectivas competencias y fines, coordinando y sumando sus recursos para facilitar la consecución de objetivos comunes.
Inclusión a través de la venta de productos de juego
La actividad laboral de agente vendedor de juegos de la ONCE, se constituye como una vía esencial de integración laboral y, por ende, social, de las personas con discapacidad en el territorio nacional. Actualmente la plantilla de agentes vendedores en la Comunidad de Madrid supera las 1.800 personas trabajadoras.
Por este motivo, en el marco de este convenio de colaboración, la Consejería y la ONCE se comprometen a prestarse mutuo apoyo para facilitar la cobertura de puestos de trabajo de personas con discapacidad en la categoría de agente vendedor en el ámbito de la Delegación de la ONCE en Madrid.
Será responsabilidad de la ONCE facilitar a la Consejería información de los requisitos funcionales, normativos, características y condiciones de los puestos de trabajo, en concreto de agente vendedor de productos de juego. Así mismo, deberá remitir a la Consejería, para el seguimiento de actuaciones, información del inicio y desarrollo de las distintas fases de los procesos de selección de las personas derivadas y atendidas con carácter previo a la celebración de las Comisiones de Seguimiento.
Por su parte, la Comunidad de Madrid, a través de los centros base adscritos a la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, incorporará toda la información recibida en su proceso de atención a personas con discapacidad interesadas en orientación para el empleo, a fin de detectar a personas que cumplan el perfil. También, informará a los posibles candidatos que se adecuen a dicho perfil y efectuará la posible derivación de candidaturas previo consentimiento de los interesados.
El convenio establece la creación de una Comisión Mixta de Seguimiento para garantizar el correcto cumplimiento de todo los estipulado, y tendrá una duración de cuatro años, prorrogables por un periodo de otros cuatro años previo consentimiento de ambas partes.